Subvenciones del INAEM para autónomos, microempresas y contrataciones. Convocatoria 2019.

 

- PROGRAMA EMPRENDEDORES AUTÓNOMOS del INAEM

- Subvención para el establecimiento como trabajador autónomo

Destinada a desempleados que se establezcan como trabajadores autónomos, por cuenta propia ó como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes ó socios únicos de una sociedad limitada unipersonal de nueva creación.

Importe:

a) 3.000 para desempleados en general.

b) 4.000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años y personas desempleadas mayores de 45 años.

c) 4.000 euros para parados de larga duración.

d) 6.000 euros para desempleados con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

    La cantidad que le corresponda se incrementará en un 10% en los supuestos de:

·       Cuando la solicitante sea mujer.

·       Perceptores  del  Ingreso  Aragonés  de  Inserción  o  de  otras rentas de inserción, activación o recualificación profesional.

·       Actividades desarrolladas en municipios < 5.000 habitantes

Requisitos:

·       Haber permanecido desempleado e inscrito como demandante de empleo durante, al menos, los 3 meses anteriores al inicio de  la  actividad.  No  se  exige  este  requisito  para  <  30  años,  personas  con  discapacidad,  mujeres  víctimas  de  violencia  de  género,  exalumnos  de  Escuela  Taller  o  Taller  de  Empleo  y  quienes  desarrollen  su  actividad  en  municipios  <  500  habitantes.

·       Realizar la actividad de forma exclusiva durante 12 meses.

·       Contar con un Plan de viabilidad del proyecto.

·       Realizar  una  inversión  mínima  de  5.000  €,  salvo    personas  con  discapacidad  y  mujeres  víctimas  de  violencia  de  género. 

·       La inversión exigida se reduce a 2.500 € para actividades en municipios < 500 habitantes.

Plazo de solicitud: 1 mes desde la fecha de inicio de la actividad (alta en autónomos).

 

SUBVENCIÓN FINANCIERA

Destinada a reducir los intereses de préstamos obtenidos   para   financiar   las   inversiones   necesarias   para   la   puesta   en   marcha   de   proyectos de autoempleo.

Importe:

Equivalente  a  la  reducción  de  hasta  4  puntos  del  tipo  de  interés  fijado  por  la  entidad  de  crédito  prestamista  y  por  un  importe  máximo    de 4.000 €.

Plazo de solicitud: 3 meses desde la formalización del préstamo.

 

INCENTIVO A LA CONSOLIDACIÓN DE PROYECTOS

Destinada  a  los  beneficiarios  de  la  subvención  por  establecimiento  como  trabajador  autónomo  que  hubiesen alcanzado el primer año de actividad. Tiene por objeto facilitar el desarrollo de los proyectos de trabajo autónomo una vez que hubiesen alcanzado el primer año de actividad, contribuyendo así al mantenimiento del autoempleo generado.

Importe: 1.000 euros con carácter general, elevándose hasta 1.100 en caso de mujeres y hasta 1.200 en caso de jóvenes menores de 30 años.

Plazo de solicitud: 1 mes desde aquel en que se cumpla el primer año de actividad.

 

AYUDA PARA ASISTENCIA TÉCNICA

Destinada a financiar parcialmente servicios externos para el desarrollo de la actividad empresarial, así como la realización de estudios de viabilidad.

Importe: 75% del coste de los servicios recibidos, con un tope de 2.000 €.

Plazo de solicitud: en los 12 meses posteriores a la fecha de inicio de la actividad.

 

SUBVENCIÓN PARA FORMACIÓN

Destinada a cursos de dirección y gestión empresarial y de TIC recibidos por el trabajador autónomo.

Importe: 75% del coste de los cursos, con un tope de 3.000

 Plazo de solicitud: en los 12 meses posteriores a la fecha de inicio de la actividad.

 

Subvención de cuotas de Seguridad Social a beneficiarios del pago único de la prestación por desempleo.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

Emprendedores que hayan percibido la totalidad de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único y que se que se constituyan como:

• Socios trabajadores de una cooperativa de trabajo o de una sociedad laboral.

• Trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Cuantía:

• 50%  de  la  cuota  al  régimen  correspondiente  a  la  Seguridad Social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización.

• 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social, si se trata de socios trabajadores o de trabajo de sociedades laborales o cooperativas, que hayan elegido un régimen distinto del de autónomos.

Plazo de solicitud:

• Se solicita, por trimestres naturales vencidos y pagados, en el plazo de 2 meses a contar desde el vencimiento de cada uno de dichos trimestres.

 

Programa Microempresas Iniciativas Locales Emprendedoras. MILE

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

Microempresas que hayan obtenido del INAEM la calificación de Iniciativa Local Emprendedora.

SUBVENCIÓN POR CREACIÓN DE EMPLEO ESTABLE

 Supuestos subvencionables:

• Autoempleo de los promotores de la microempresa.

• Contratación indefinida de trabajadores por cuenta ajena.

• Incorporación de socios trabajadores o de trabajo a sociedades laborales y cooperativas.

Importe:

• 4.500 para personas desempleadas en general.

• 5.500 euros para desempleados < 30 y > 45 años.

• 6.500 euros para personas con discapacidad o mujeres víctimas de violencia de género.

Incrementos del 10%:

• Mujeres.

• Menores de 25 y mayores de 55 años.

• Desempleados de larga duración.

• Perceptores   del   Ingreso   Aragonés   de   Inserción   o   de   otras                       rentas de inserción, activación o recualificación profesional.

Plazo de solicitud: 1 mes desde la fecha de alta en la Seguridad Social de los trabajadores.

 

SUBVENCIÓN FINANCIERA

Destinada  a  reducir  intereses  de  préstamos  obtenidos  para  para  la  puesta  en  marcha  de  proyectos. 

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